La Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos de la República Argentina (CECHA) informó que a solicitud de la Comisión de Hidrocarburos, las bocas de expendio no deberán presentar la información requerida por la Resolución 183/2015.
Si bien la noticia fue transmitida verbalmente, queda aún la formalidad de la notificación por carta o nota administrativa, que desde CECHA descuentan que “se ha de ratificar habida cuenta que como en otras oportunidades los funcionarios del área confirmaron la exención”.
Si bien los dirigentes desde un comienzo evaluaban esta posibilidad, la confusión se generó a partir de los detalles del texto, que extiende la exigencia a “las empresas que realizaren actividades de exploración, explotación, refinación, transporte y comercialización de hidrocarburos y combustibles”. Deben presentar un Plan Anual de Inversiones correspondiente al año 2016.
“Nos ratificaron la medida en forma verbal pero nos explicaron que se publicaría una nueva disposición para aclarar el tema”, indicaron en CECHA a surtidores.com.ar.