Se trata de medidas de prevención y de actuación para el sector con el objetivo de contribuir a minimizar los riesgos para las empresas y sus empleados, la salud y seguridad de las comunidades.
La Secretaría de Minería del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación informa que, en el marco del trabajo articulado entre la Subsecretaría de Política Minera, Dirección de Desarrollo Comunitario de la Dirección Nacional de Producción Minera Sustentable, con la Secretaría de Acceso a la Salud del Ministerio de Salud de la Nación, Dirección Nacional de Control de Enfermedades Transmisibles de la Subsecretaría de Estrategias Sanitarias, se elaboraron las “Recomendaciones de Prevención contra el COVID-19 para el Sector Minero Argentino”.
Estas recomendaciones establecen medidas de prevención y de actuación para el sector minero, en el marco de la pandemia por el coronavirus (COVID-19) y las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional.
La salud pública es un asunto de todos y frente a la situación que asiste el mundo y la Argentina en la lucha contra la pandemia del COVID-19, el sector minero debe colaborar y apoyar los esfuerzos de todos en la lucha contra el flagelo que hoy nos toca vivir.
La actividad minera forma parte de las comunidades en las que opera y debe jugar un rol clave en sus entornos inmediatos de operación, para sus trabajadores y sus familias, sus contratistas y proveedores y en la vida en general de las poblaciones cercanas. Asumir un rol proactivo y orientar los esfuerzos a acciones de prevención en medio de la urgencia y la coyuntura que se nos presenta, contribuirá a minimizar los riesgos para todos, las empresas y sus empleados y la salud y seguridad de las comunidades.
La principal responsabilidad del sector minero para contener la propagación del coronavirus y colaborar en la lucha contra sus consecuencias en la salud y en la vida de todos es cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio y toda otra disposición vigente o que establezca el Gobierno (nacional, provincial o local).
Por lo expuesto, y en el marco de las disposiciones vigentes, o futuras relacionadas con la pandemia, se recomienda a los actores institucionales del sector (autoridades mineras, empresas, cámaras y asociaciones sectoriales), cada uno en su marco de actuación y en función de sus posibilidades o capacidades operativas y desplegadas, adoptar las recomendaciones aludidas, las que podrán ser consultadas en sitio web de la Secretaría de Minería de la Nación. Fuente: Argentina.gob.ar
Comentarios: