San Juan ingresó en la Fase 1 de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la Ley de Necesidad y Urgencia n° 2114-p y anunciado por el gobernador Sergio Uñac el pasado viernes 21 de agosto. En dicha norma se establece que las personas que se desempeñen en la actividad minera esencial, como así también en toda industria que realiza procesos continuos, se encuentran dentro de la categoría de personas exceptuadas.
La cartera minera se dirige a la comunidad minera de San Juan, a fin de emplazar a las empresas que tengan a su cargo personal exceptuado, a presentar vía e-mail: [email protected], antes de las 08:00 horas del día 25 de agosto del corriente año, los correspondientes protocolos de higiene y seguridad actualizados a la presente fase de aislamiento. De no cumplir con dicha presentación, la empresa a cargo del proyecto minero no podrá desarrollar la actividad.
Requisitos
Empresas
Deberán adecuar y actualizar sus protocolos correspondiente a la Fase 1 del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Informar a su personal quiénes serán considerados esenciales y estarán exceptuados de cumplir con el aislamiento.
Brindar a los trabajadores todos los elementos de higiene y seguridad establecidos por el Ministerio de Salud Pública para evitar la propagación del COVID-19.
Trabajadores
Deberán ser notificados por la empresa como personal esencial y/o exceptuado de cumplir con el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio
Deberán tramitar su permiso de circulación en el sitio web dispuesto para tal fin, ingresando en la categoría de “Actividad minera esencial”. Fuente: SI San Juan.
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