En fallo dividido, la Justicia trasandina aprobó la clausura definitiva del proyecto, cuyas labores están suspendidas en suelo chileno desde 2013. La única posibilidad de desarrollo que hoy tiene la iniciativa se sitúa de este lado de la Cordillera de los Andes.
Con dos votos a favor y uno en contra, el Primer Tribunal Ambiental chileno resolvió aprobar la clausura definitiva de los trabajos implementados en el proyecto minero Pascua-Lama, a más de 4.000 metros sobre el nivel del mar.
La sanción se basó en una de las cinco infracciones cursadas por la Superintendencia de Medio Ambiente contra Compañía Minera Nevada SpA, la firma titular del emprendimiento propiedad de Barrick Gold. Más precisamente, la decisión aludió al cumplimiento parcial del compromiso de monitorear los glaciares emplazados en la zona de influencia de la iniciativa.Curiosamente, el presidente del Primer Tribunal Ambiental, Daniel Guevara, no estuvo de acuerdo con el fallo. A su entender, la determinación infringe el principio de inocencia al atribuir culpabilidad a la empresa por no haber efectuado las mediciones requeridas, cuando es de público conocimiento que la realización de éstas resulta imposible durante el período invernal.
Guevara también consideró que la clausura constituye una sanción desproporcionada, dado que las actividades en el proyecto se encuentran suspendidas desde el año 2013. Asimismo, manifestó que las zonas de glaciares no están directamente intervenidas en la operación, ya que se sitúan en el sector de mayor altura.
“El cierre definitivo no resguarda el bien jurídicamente protegido, pues las consecuencias de la sanción no permiten asegurar la protección de los glaciares; esto es debido a que la faena queda en un estado de cierre o abandono que es insuficiente en su protección por las atribuciones del Servicio de Geología y Minería”, argumentó el magistrado. Adicionalmente, Guevara expresó que los glaciares en cuestión conforman un activo hídrico que Chile comparte con la Argentina. “Pretender una clausura unilateral sobre un recurso compartido sin una evaluación conjunta de efectos compromete el deber de información contenido en el Tratado Minero”, advirtió.
Única alternativa
Tres años después de iniciada la construcción de Pascua-Lama, en septiembre de 2013, la Corte Suprema de Chile ratificó un fallo de la Corte de Apelaciones de Copiapó, que había dado lugar a un recurso de amparo interpuesto por opositores a la iniciativa. Esta determinación le asestó un duro golpe a los ambiciosos planes de Barrick al redundar en la inmediata paralización de las obras. Por si fuera poco, en octubre de ese mismo año la minera canadiense reafirmó la suspensión indeterminada de las labores de construcción por cuestiones financieras. Hasta el momento Pascua-Lama registraba un grado de avance cercano al 40%. Su presupuesto, que originalmente había sido tasado en menos de u$s 1.000 millones, por entonces oscilaba entre los u$s 4.000 y los u$s 8.000 millones.
Con la clausura de los trabajos en suelo chileno, hoy la única alternativa viable para la reactivación del emprendimiento binacional sería limitar su desarrollo al lado argentino en base a la modalidad de explotación metalífera a cielo abierto. A partir de la alianza estratégica con la firma china Shandong Gold, Barrick se comprometió a evaluar dicha opción y tomar una decisión al respecto en el corto plazo. ›|‹