El Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial la modificación del Registro de Empresas de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, que amplía la prohibición de las empresas autorizadas a establecer vínculos con firmas no habilitadas. Según Infobae, la Resolución 194/2013, firmada por el secretario de Energía, Daniel Cameron, sustituye tres puntos del Anexo de la norma sancionada en 2007, que prohíbe operar a las firmas que no fueron autorizadas para explorar o explotar hidrocarburos. La modificación amplía los alcances de la autoridad y reglamenta las situaciones donde las firmas que en el pasado fueron infractoras puedan inscribirse. «Las empresas que al momento de solicitar su inscripción en el citado Registro, hubieran mantenido en el pasado algún tipo de vínculo o participación en dichas actividades o servicios hidrocarburíferos deberán informar de manera fehaciente a la Autoridad de Aplicación, con carácter de declaración jurada, sobre la inexistencia actual de tales vínculos y su voluntad irrevocable de sujetarse a las disposiciones de la presente Resolución», sostiene. Como novedad, en el punto 1.7.1 la Secretaría «podrá requerir al interesado la información y documentación complementaria como asimismo recabar toda aquella que pudiera obrar en otros Organismos o Entidades». Por último, tampoco podrán «contratar, efectuar transacciones o actos de comercio u operaciones económicas, financieras, logísticas, técnicas, de consultoría y/o asesoría, con terceros, para el desarrollo de actividades de exploración, explotación o transporte de hidrocarburos en la Plataforma Continental Argentina que no hayan sido autorizadas por autoridad competente argentina».
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