La posibilidad concreta de modificar la restrictiva Ley 7.722 representa una grata noticia para la Cámara Mendocina de Empresarios Mineros, que estima que a partir de su sanción la provincia dejó de ganar u$s 110.000 millones.
La propuesta del senador Alejandro Abraham, perteneciente al bloque de Unidad Ciudadana, para flexibilizar los alcances de la Ley 7.722 genera ilusión en la Cámara Mendocina de Empresarios Mineros (CAMEM). Según su titular, Raúl Rodríguez, el territorio provincial tiene un fabuloso potencial para el desarrollo sin trabas de la actividad. Mendoza, expresó el directivo, todavía no sabe exactamente la magnitud de las riquezas mineras con las que cuenta. “Hasta ahora apenas ha sido explorado un 25% de nuestra cordillera”, puntualizó.
Según sus palabras, cuando se pone el foco en el tramo compartido con Chile, que va desde el norte de Las Heras hasta el sur de Malargüe, se observa que el país vecino viene de exportar el equivalente a u$s 10.000 millones por año. “Puede decirse, por ende, que en los 11 años que rige la Ley 7.722 dejamos de ganar unos u$s 110.000 millones”, cuantificó.
Desde su óptica, las críticas fundadas en la desconfianza que despierta el sector pueden ser comprensibles, pero deben ser combatidas con información. “Hay varios proyectos que pasaron todas las instancias científicas. En San Jorge, por caso, hubo 150 especialistas que opinaron y dieron el visto bueno a la iniciativa”, ejemplificó.
Cuando la minería se hace bien, señaló, no debe provocar ningún incidente. “Para eso es necesario disponer de un buen organismo de control en el que participen las organizaciones no gubernamentales (ONG)”, sugirió.
El principal objetivo de la CAMEM, apuntó, no es otro que poner en la agenda el debate minero. “Nuestra postura es que la normativa vigente es inconstitucional. Por culpa del artículo 3, que ahora se pide revisar, no ha podido ser aprobado un solo proyecto minero desde su sanción”, remarcó. La cuestión, admitió, se inscribe en un claro marco político. “La Legislatura provincial siempre ha sido una caja de resonancia social muy importante. Y una gran parte de la sociedad duda de los controles del Estado y de los empresarios”, explicó.
La gran falencia del segmento, reconoció, tuvo que ver con su forma de comunicar. “No hemos salido a desmentir muchas aseveraciones falsas que hoy están instaladas en la gente. Así, las empresas que vinieron a Mendoza a emprender inversiones de riesgo se encontraron con un contexto desfavorable y no pudieron avanzar”, se lamentó.
Dos correcciones
El proyecto de reforma de Abraham prevé un par de correcciones clave en la Ley 7.722. En primer término, postula la creación de una comisión bicameral de seguimiento de los emprendimientos en reemplazo del actual cuadro de situación, en el que las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) deben pasar obligatoriamente por la Legislatura.
En segunda instancia, propone calificar sólo al mercurio, al ácido sulfúrico y al cianuro como “sustancias peligrosas prohibidas” para su utilización en cualquier proyecto minero a nivel provincial.
Vale aclarar que, al nombrar esos tres elementos, la norma vigente adosa el apartado “otras sustancias químicas similares”. La falta de precisión de esa definición se ha traducido, una y otra vez, en proyectos rechazados. ›|‹
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