La Cámara de Diputados de San Juan aprobó una modificación de la Ley Nº 1181-A, para que se permita a las empresas mineras, destinar fondos de regalías a infraestructura energética.
Con el objetivo de facilitar a las empresas que inviertan en obras de infraestructura eléctrica, siempre que las mismas sean de utilidad pública y por consiguiente traigan bienestar para los sanjuaninos, la Cámara de Diputados de San Juan dejó sin vigencia la aplicación del artículo 11º de la Ley 1181-A que tiene que ver con la prohibición de la compensación de las obras de infraestructura energética, con las regalías mineras.
Con veintitrés votos positivos, el cuerpo parlamentario derogó el texto del artículo 11º de la Ley Nº 1181-A, que establece lo siguiente:
ARTÍCULO 11.- Las empresas mineras, incluidas las empresas detalladas en los artículos anteriores, que desarrollen actividades que deriven en requerimientos de capacidad instalada de las obras objeto de la presente ley o que efectúen aportes económicos para la amortización o pago de dichas obras de infraestructura energética en beneficio de la Provincia de San Juan, según los criterios establecidos en los artículos precedentes, no podrán compensar el valor de su inversión, con las regalías mineras previstas en la Ley Nº 716-M, no obstante la utilidad pública que se declara por la presente ley, ni tampoco podrán afectar la base sobre la que se calculan las mencionadas regalías mineras.
Este punto del orden del día obtuvo además cinco votos negativos y siete abstenciones. En la ocasión, el diputado Sergio Miodowsky hizo moción para que volviera su tratamiento a comisiones, la cual fue rechazada por la mayoría.
Fuente: El Pregón Minero