- El proyecto del Diputado por el Frente Renovador plantea las siguientes sugerencias: Elaborar en conjunto con los Gobiernos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, un Plan Provincial para la Utilización de Fuentes de Energía Renovables y Eficiencia Energética en Viviendas.
- Elaborar y difundir una guía práctica de criterios para lograr eficiencia energética teniendo en cuenta las condiciones físicas, geográficas, bioclimáticas, ambientales, sociales, económicas y culturales específicas de cada municipio.
- Establecer principios y criterios de gradualidad sobre el uso y el manejo eficiente de recursos naturales y energéticos, materiales tradicionales y alternativos, técnicas y tecnologías en las diferentes etapas del ciclo de la construcción.
- Asistir financieramente a través de líneas de crédito blandas y subsidios a fin de incorporar los criterios de eficiencia energética y tecnologías de energías renovables en las viviendas, establecidos en el artículo 1 de la presente ley.
- Coordinar con universidades y los distintos organismos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación definidos en la ley 25.467 a los efectos de desarrollar nuevas tecnologías para la implementación de mejoras a las técnicas conocidas de eficiencia energética y de fabricación de equipos generadores de energía renovable.
- Propiciar acuerdos entre el Estado nacional, las provincias y los municipios con productores, fabricantes e industriales nacionales para la compra de equipos o sistemas para la generación de energía a partir de fuentes renovables y/o de sistemas o tecnologías para la eficiencia energética.
- Generar canales de difusión que resalten la importancia de la generación de energías limpias para el cuidado del ambiente y la modificación de la matriz energética, así como sobre las ventajas de la rehabilitación, reforma y adaptación de viviendas para lograr eficiencia energética y la incorporación de fuentes de energía renovables. La información deberá estar disponible en la página web de la autoridad de aplicación y en otros medios de comunicación que la autoridad de aplicación considere pertinentes.
- Adoptar medidas orientadas a cumplir con los criterios de eficiencia energética establecidos en la presente ley y los que en el futuro determine la autoridad de aplicación, en los inmuebles de propiedad del Estado Provincial y en aquellas construcciones que se realicen con sus fondos.
- Celebrar convenios de cooperación internacional con organismos e institutos especializados en la investigación y desarrollo de tecnologías aplicables a la eficiencia energética y al uso de energías renovables.