Junto con la publicación de las resoluciones 226, 227, 2843 a 2848 del Enargas que oficializaron los nuevos cuadros tarifarios que surgieron del anuncio de baja de los subsidios al consumo final residencial para las áreas residenciales con demanda no intensiva del fluida, el gobierno nacional rubricó nuevos acuerdos con las empresas para mejorar su ecuación financiera y económica, a través de la aprobación de una mayor proporción de la tarifa que abonan los usuarios que se destinará a la producción, exploración, transporte y distribución del fluido. Según Infobae, las nuevas medidas siguen «el propósito prioritario de lograr el autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleos, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones», establecen las normas de marras. El procedimiento no será sencillo, aunque se prevé que regirá con efecto retroactivo al 1 de abril, a partir de un valor base establecido al 1 de enero 2014, según establece el Decreto 445 para Metrogas, similar al criterio que se había establecido para el resto de las empresas, porque los parámetros iniciales deberán ser definidos por el Enargas. Se trata del retorno de cláusulas de indexación, habida cuenta de que en el Anexo I del citado decreto se aprobó una fórmula polinómica para el «Mecanismo de Monitoreo de Costos».